Reglamento Interno

Reglamento de Estudiantes

De los de los Derechos y Obligaciones

Artículo 105. Son Derechos de los Alumnos en los Planteles:

  • a) Recibir, en igualdad de condiciones para todos, la enseñanza que ofrece el Instituto, dentro del nivel educativo al que pertenece.
  • b) Recibir la documentación que lo identifique como alumno escolarizado y las constancias de la escolaridad que haya acreditado en cada período.
  • c) Recibir asesoría en la planeación de su trabajo escolar.
  • d) Recibir, si así lo solicita, orientación en sus problemas académicos y personales.
  • e) Recibir un trato respetuoso del personal del Plantel.
  • f) Recibir la inducción necesaria con referencia a los diferentes departamentos del Plantel con los que tendrá relaciones.
  • g) Cuando el desempeño académico sea ejemplar, recibir los estímulos y premios correspondientes.
  • h) Representar al Plantel en los eventos académicos, deportivos y culturales que se organicen dentro o fuera del Plantel, previa selección.
  • i) Pertenecer y participar en las organizaciones estudiantiles de índole académico, deportivo, cultural y de representación.

Artículo 106. Todos Los Alumnos tienen libertad de expresión oral, escrita o por cualquier otro medio, siempre y cuando se respete la moral, el orden, los derechos de terceros, los principios y reglamentos del Plantel y no se entorpezca su buena marcha.

Artículo 107. En el salón de clase, El Alumno puede mantener opiniones o puntos de vista distintos a los del profesor, siempre y cuando sean expresados con el debido fundamento, orden, consideración y respeto que merece la Cátedra, el profesor y sus condiscípulos.

Artículo 108. Todos Los Alumnos tienen derecho a difundir sus ideas en boletines, periódicos, representaciones escénicas, etc., siempre y cuando se cumpla con lo estipulado en el Artículo 152 de este reglamento y se den a conocer en la publicación o representación los nombres de los alumnos responsables de éstas.

Artículo 109. Los Alumnos podrán organizar seminarios, conferencias y otras actividades relacionadas con su formación, bajo la coordinación de las Jefaturas los Departamentos respectivos por carrera. Los organizadores de ese tipo de eventos tendrán la responsabilidad de que éstos se conduzcan de acuerdo con lo estipulado por el Artículo 152 de este reglamento.

Artículo 110. Cuando Los Alumnos, por medios legales, hayan obtenido recursos financieros para lograr algún fin académico o de mejoras al Plantel, y si la administración custodia dichos recursos, los alumnos tendrán derecho a recibir informes sobre el estado que guarden los mencionados recursos.

Artículo 111. Todos los Alumnos tienen derecho a asociarse a reunirse libremente siempre y cuando no contravengan los principios o reglamentos del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos o perturben el orden impidiendo u obstaculizando las actividades académicas o administrativas.

Artículo 112. ARTICULO 157.- Son Obligaciones de los Alumnos de los Planteles:

  • a) Acatar las disposiciones de los Manuales de procedimientos, Normatividad y Reglamentos internos establecidos por la Dirección General.
  • b) Asistir con regularidad y puntualidad a las actividades que requiere el cumplimiento del plan educativo al que estén sujetos.
  • c) Guardar consideración y respeto a las garantías individuales de los funcionarios, empleados, maestros y condiscípulos del Plantel y del SNIT.
  • d) Hacer buen uso de los edificios, mobiliario, material didáctico, equipos, libros y demás bienes del Plantel, coadyuvando a su conservación y limpieza.
  • e) Identificarse, mediante la presentación de su credencial de alumno, cuando se lo requiera cualquier autoridad del Plantel y/o del SNIT.
  • f) Recabar la autorización pertinente ante la autoridad correspondiente en el caso de que por cualquier motivo requieran hacer uso de algún bien del Plantel.
  • (g) Reposición o pago de los bienes destruidos o deteriorados que por negligencia o dolo que haya ocasionado a los bienes del Plantel, funcionarios, personal o alumnos.
  • h) Preservar y reforzar el prestigio y buen nombre de la Institución a través de su participación en las actividades que promueva el Plantel, y por este medio, el del SNIT.

 

Capitulo I De la disciplina Escolar

Artículo 113. Toda violación de los preceptos de este reglamento será motivo de una Sanción que corresponderá a la gravedad de la falta, ya sea esta de carácter individual o colectivo.

Artículo 114. Las sanciones serán aplicadas considerando la gravedad de la falta y a criterio del Director del Plantel o funcionarios de la Dirección General.

Artículo 115. Cuando los alumnos incurran en irregularidades en la presentación de exámenes se harán acreedores a las siguientes sanciones:

I. Suspensión del examen y se considerará anulado, reportándose con calificación de no acreditada.

II. Suspensión en la asignatura de manera definitiva, conservando el alumno solamente el derecho a presentar examen especial o repetición de la asignatura en el período escolar siguiente a la sanción y en su caso la suspensión de los derechos estudiantiles hasta por una semana con anotación en el expediente del alumno y aviso al padre o tutor.

Artículo 116. Los alumnos que incurran en las faltas siguientes en los Planteles o en el SNIT:

  • a) Portación o uso de cualquier arma.
  • b) Actos contrarios a la moral.
  • c) Faltas persistentes de disciplina.
  • d) Hacer cualquier tipo de novatada a los alumnos de nuevo ingreso.
  • e) Vejaciones o malos tratos que unos alumnos causen a otros.
  • f) Ser portadores o instrumentos de corrientes políticas ajenas a la buena marcha académica del Plantel.
  • g) Las que lesionen el buen nombre del Plantel.
  • h) Asistir bajo los efectos del alcohol y drogas o encontrarse consumiendo éstas dentro del Plantel.
  • i) Desobediencia o falta de respeto al personal del Plantel.
  • j) La coacción moral o física que algunos alumnos ejerzan sobre otros, así como al personal y funcionarios del Plantel y del SNIT. Se harán acreedores a la siguiente sanción:

I. Suspensión de derechos estudiantiles hasta por quince días con anotación en el expediente del alumno y aviso al padre o tutor.

II. Suspensión de derechos estudiantiles por un semestre.

Artículo 117. Los alumnos que incurran en las faltas siguientes:

  • a) Causar daños o perjuicios a los bienes del personal y del alumnado del Plantel.
  • b) La alteración o sustracción no autorizada de Documentos Oficiales.
  • c) La realización de actos que atenten contra las actividades docentes y/o administrativas.
  • d) La sustracción de los bienes pertenecientes al Plantel sin la debida autorización por parte de las autoridades del mismo.
  • e) Causar daños o perjuicios a los bienes muebles o inmuebles del Plantel o apoderarse de los mismos.
  • f) Poner en riesgo la integridad física, emocional o moral de los alumnos, personal y funcionarios del Plantel o del SNIT.
  • g) La acumulación o reincidencia de las faltas mencionadas en el Artículo 161. Se harán acreedores a la siguiente sanción:

I. Baja Definitiva del Plantel entregando certificado parcial.

III. Baja Definitiva del SNIT, por ningún motivo podrá reinscribirse en alguna institución dependiente de la Dirección General.

III. Anulación de los estudios cursados en los Planteles del SNIT.

Artículo 118. En los períodos comprendidos entre el término de un período escolar y el inicio del siguiente, los estudiantes que cometan faltas anotadas en este reglamento se harán acreedoras a las sanciones correspondientes.

Artículo 119. Cuando fuera del Plantel el alumno incurra en actos que menoscaben el prestigio del mismo, queda a discreción del Director aplicar la Sanción correspondiente conforme a los artículos de este reglamento. En los casos de faltas o delitos que ocurran dentro del Plantel y que caigan bajo la Sanción de los Códigos Civiles y Penales, la Dirección del plantel levantará las actas correspondientes y las turnará a las autoridades correspondientes, independientemente de la imposición de la sanción reglamentaria que corresponda.

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